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Elecciones regionales en Colombia en 2023: Hora de la 'ley seca' y restricciones para los votantes

Las autoridades compartieron las medidas que se implementarán para que los comicios transcurran sin inconvenientes

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Hora de la 'ley seca' y restricciones para los votantes por Elecciones regionales en Colombia en 2023

El domingo 29 de octubre se llevarán a cabo las Elecciones regionales para elegir a 32 gobernadores, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales, 418 diputados a las asambleas y 6.513 ediles de las JAL (Juntas as Locales) en toda Colombia. Y así como ya se conocen los beneficios que darán a quienes ejerzan el derecho al voto, también hay compromisos, restricciones y obligaciones que se deben cumplir en esta jornada.

Desde las horas previas a la apertura de las urnas, pasando por lo que debe pasar en los puntos de votación y lo que pasará después de cerrar los comicios, hay instrucciones precisas y que se publicaron desde los medios oficiales de las autoridades en el territorio colombiano.

Horario de las Elecciones en Colombia del 29 de octubre de 2023

Como es tradición en las Elecciones, las mesas abrirán a las 8:00 a. m. y cerrarán a las 4:00 p. m. del mismo domingo 29 de octubre. Y los que creen que estar en la fila da derecho a votar, así se haya terminado el tiempo para hacerlo, la Registraduría aclaró que el proceso empieza cuando se entrega la cédula a los jurados respectivos:

"A las 4:00 p. m. se cierran las mesas de votación. Solo pueden hacerlo aquellos ciudadanos que a las 4:00 p. m. hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación"

Eso sí, se indica a los jurados, testigos y demás personas que están en la organización, logística y desarrollo de las actividades, que lleguen a sus respectivos puntos una hora antes de abrir la jornada y se deberán quedar hasta cumplir con su función, sea cual sea la que tengan asignada por la Registraduría Nacional.

Ley seca en para las Elecciones del 29 de octubre en Colombia y pena si se incumple

La Alcaldía de Bogotá publicó el pasado viernes 27 de octubre el Decreto 489 del 26 de octubre de 2023, con el que se establece que la venta de licor estará prohibida desde la tarde del sábado 28 de octubre a las 6:00 p. m. y volverá a activarse en la mañana del lunes 30 de octubre a las 6:00 a. m.. Esto impedirá que muchos celebren el 'Halloween' y por eso se anticiparon esas fiestas o las reprogramaron para el primer fin de semana de noviembre:

"Restringir el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público, en la totalidad del territorio del Distrito Capital, desde las seis (6:00 p.m.) de la tarde del día sábado 28 de octubre hasta las seis (6:00 a.m.) de la mañana del día lunes 30 de octubre de 2023, con el fin de mantener o restablecer el orden público"

Asimismo, el Gobierno Nacional tomó las mismas medidas para todo el territorio nacional, en las mismas horas de inicio y final de la conocida 'ley seca'. Y aunque no se puede dar consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos, las reuniones privadas sí están permitidas, pero deberán comprar licor antes de las 6:00 p. m. del sábado y no se podrá pedir a domicilio después de ese momento.

La multa por incumplir con la 'ley seca' es una multa de 392.000 pesos colombianos, de acuerdo con el Código Nacional de Policía vigente.

Restricciones y prohibiciones para las Elecciones regionales 2023 en Colombia

A través del Decreto 1702 el mismo Gobierno de Gustavo Petro dio directrices sobre caso puntuales y enumerados a continuación:

  • Los pasos terrestres y fluviales autorizados en las fronteras colombianas permanecerán cerrados durante entre las 6:00 p. m. del sábado 28 de octubre hasta las 4:00 p. m. del domingo 29.
  • Suspender permisos para porte de armas, por parte de la Fuerza Pública, entre las 6:00 a. m. del sábado 28 de octubre y las 6:00 a. m. del lunes 30 de octubre.
  • En los puestos de votación, desde las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m., está prohibido el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video por personal no autorizado. Los exentos de esta medida son los integrantes de medios de comunicación, que estén trabajando y solo lo podrán hacer con identificación de su empleador y autorización de la Registraduría.
  • El Gobierno Nacional dejó en manos de los gobiernos locales las limitaciones para vehículos, en especial para las motos, en caso de ser necesario prohibir la circulación de parrilleros. Aunque esto también puede extenderse a vehículos de carga, trasteos y transporte de cilindros de gas y otros elementos similares

En caso de haber nuevas medidas o condiciones para la jornada, se comunicarán por el Gobierno Nacional, los gobiernos locales, autoridades electorales o la misma Registraduría, en casos estrictamente relacionados con los comicios.

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