Creo que la decisión de la IFAB aclara el espíritu de la norma en cuanto que aplica la variable de involuntariedad a una acción que es accidental, no es una treta del lanzador como puede ser la paradiña, sino que sucede normalmente por un resbalón del pie de apoyo.
Lo cual lo diferencia de tocar dos veces el balón que la norma actual contempla por igual en cualquier lanzamiento, libre indirecto, pero que no tenía acotación ni normativa específica cuando era un penalti y la acción es involuntaria.
Lo que yo matizaría, en mi opinión, es que se diferencia la conclusión de la jugada en cuanto a que si es gol se repite, se entiende que este doble toque puede incidir en la acción del portero, pero no así cuando se falla que entonces la acción involuntaria accidental del jugador no se considera que le perjudica en el golpeo.
Yo aquí no veo esta diferenciación porque si se trata de acotar una circunstancia accidental parece lógico pensar que perjudica por igual al lanzador, que no lo quiere hacer, tanto si mete gol como si lo falla y por tanto lo mismo es más correcto que en cualquier caso se repita y no solo cuando es gol.
Igual que el doble toque puede perjudicar al portero y se repite puede perjudicar al lanzador que la pega mal y se lo pone fácil al portero, y se podría también repetir.
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