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El reparto de utilidades es uno de los derechos laborales más importantes para los trabajadores en México, ya que representa una retribución directa por su esfuerzo en las ganancias de una empresa. Si laboraste durante 2024, es momento de poner atención, porque entre mayo y junio de 2025 podrías recibir este ingreso adicional. Aquí te explicamos de forma clara y detallada cómo saber si te corresponde y cuál es el método más sencillo para calcularlo.
¿Qué es el reparto de utilidades y por qué es importante?
El reparto de utilidades, también conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es una prestación regulada por la Ley Federal del Trabajo y la Constitución Mexicana. Este derecho obliga a los empleadores a distribuir una parte de las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal entre sus colaboradores, como una forma de reconocer su aportación al crecimiento de la empresa.
Este ingreso es independiente al aguinaldo y se entrega de manera anual, dependiendo de los resultados fiscales declarados por la empresa ante el Servicio de istración Tributaria (SAT).
¿Cómo saber si una empresa debe repartir utilidades?
Para que exista la obligación de repartir utilidades en 2025, la empresa debió haber generado utilidades netas superiores a 300 mil pesos en el ejercicio fiscal 2024. Este cálculo se realiza a partir de la renta gravable, que es la diferencia entre los ingresos obtenidos y las deducciones autorizadas.
Una vez presentadas las declaraciones fiscales (que para personas morales vencen el 31 de marzo y para personas físicas el 30 de abril), las fechas clave para el pago del reparto de utilidades son:
- Hasta el 30 de mayo de 2025 para empresas (personas morales).
- Hasta el 29 de junio de 2025 para personas físicas con actividad empresarial.
¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?
El método de cálculo es muy puntual y busca ser equitativo. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el 10% de las utilidades fiscales se destina al reparto entre los trabajadores. Ese monto total se divide en dos partes iguales:
- La primera mitad se reparte proporcionalmente al número de días trabajados durante el año.
- La segunda mitad se distribuye según el salario percibido por cada empleado.
Este proceso se supervisa mediante una comisión mixta integrada por representantes del patrón y los trabajadores, la cual elabora un proyecto detallado con la participación individual que le corresponde a cada colaborador. Este debe colocarse en un lugar visible del centro de trabajo.
¿Qué salario se toma en cuenta para el cálculo?
El reparto se basa en el salario diario ordinario, excluyendo:
- Gratificaciones
- Comisiones
- Propinas
- Percepciones extraordinarias
En el caso de trabajadores con ingresos variables, se considera el promedio anual del salario diario ordinario para hacer el cálculo.
¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?
El beneficio no se limita solo a empleados de planta. Tienen derecho todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año fiscal, sin importar si su contrato fue eventual o si ya no laboran en la empresa. Esto incluye:
- Extrabajadores
- Contratados por obra o tiempo determinado
- Empleados con incapacidad temporal por maternidad o riesgo de trabajo
Además, los trabajadores tienen hasta un año después de la fecha límite para reclamar su participación en las utilidades.
¿Quiénes quedan excluidos del reparto?
La ley establece algunas excepciones. No tienen derecho a utilidades:
- Directores, gerentes generales y es
- Trabajadores domésticos
- Empleados eventuales con menos de 60 días laborados
- Socios o accionistas de la empresa
- Profesionistas que prestan servicios por honorarios sin relación subordinada
- Instituciones sin fines de lucro reconocidas por la ley
- Empresas de nueva creación durante su primer año (o dos años si desarrollan productos nuevos)
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el reparto de utilidades?
Si como trabajador consideras que hubo errores u omisiones en el cálculo, puedes presentar observaciones dentro de los 15 días siguientes a la publicación del proyecto. La comisión revisará tu caso y deberá emitir una resolución en el mismo plazo. En caso de conflicto, la última palabra la tiene el Inspector del Trabajo.
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