TIRAMILLAS
Actualidad

Confirmado el despido de una trabajadora por acceder más de 400 veces a redes sociales en un mes

La trabajadora había demandado a la empresa la nulidad del mismo

2025-03-16-17421388979975
Actualizado

Puede que las redes sociales hayan provocado que el tiempo laboral y el tiempo de ocio se difuminen, pero las empresas no lo ven del todo así. Tampoco algunas instancias importantes de la Justicia. En Cantabria, una empleada fue despedida por acceder a redes sociales más de 400 veces en sólo un mes. Ella negaba los hechos y demandó a la empresa para anular el despido.

Ha sido el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria quien ha tenido que confirmar que el despido es completamente lícito, ya que los motivos expuestos se corresponden con la veracidad de los hechos. Así pues, la demanda interpuesta por la trabajadora en la que solicitaba la nulidad del despido y una indemnización de 10.000 euros queda completamente anulada.

Confirmado el despido de una trabajadora por acceder más de 400 veces a redes sociales en un mes

¿Puede una empresa despedir a un trabajador por hacer uso de las redes sociales?

Dependiendo del caso y de las cláusulas del contrato. En este asunto, la empresa había colocado una cláusula en la que se prohibía explícitamente el uso de herramientas informáticas y telecomunicaciones. Cuando le comunicaron a la trabajadora que había incumplido esta parte, ésta decidió cogerse la baja laboral el mismo día. Tuvo que pasar un mes hasta que la empleada decidió recoger el burofax donde se le informaba de su despido.

La empleada accedió 411 veces a Twitter, TikTok, Snapchat o Instagram

Para confirmar su teoría, la empresa presentó un informe pericial que demostraba que la empleada había estado conectada 411 veces a Twitter, TikTok, Snapchat o Instagram en su horario laboral. Además, envió una carta en la que se le informaba de los puntos del contrato que había incumplido:

  • Dedicar la jornada laboral total y parcialmente a navegar en redes sociales.

  • Saltarse la prohibición expresa de uso de internet en el trabajo para cuestiones estrictamente personales.

  • Una clara vulneración de la buena fe contractual.

Tiramillas Ni la Mezquita ni el Palacio de Viana: la torre que esconde secretos y curiosidades en el corazón de Córdoba
Tiramillas Qué son las 'Tiendas 8 'de Mercadona que tanto revuelo están causando en España
Tiramillas La gran joya medieval de Zamora: fue borrada del mapa en una sangrienta batalla y hoy se levanta sobre una ciudad fantasma

Comentarios

Danos tu opinión