La okupación ilegal de viviendas sigue siendo un tema candente en España, con un aumento del 7,4% en las denuncias registradas en 2024, alcanzando las 16.426. Esta situación no solo afecta a los propietarios, sino también a las entidades bancarias, generando un amplio debate en la sociedad. En el Congreso de los Diputados, se llevó a cabo recientemente una votación sobre una propuesta de Junts para abordar el problema, aunque aún se encuentra en una fase preliminar. Mientras tanto, el BOE ha anunciado una nueva medida, que entrará en vigor el 3 de abril, para intentar frenar la ocupación ilegal.
Mónica, abogada experta, compartió a través de TikTok los detalles de la nueva legislación sobre okupación, que entrará en vigor el 3 de abril con la Ley Orgánica 1/2025. Esta reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los casos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda podrán ser juzgados por la vía rápida, con un plazo de 15 días desde la puesta a disposición judicial. La abogada explicó que, según la nueva normativa, el allanamiento de morada se considera un delito grave y permitirá a la policía actuar de inmediato si los okupas llevan menos de 48 horas en el lugar. Por otro lado, la usurpación de vivienda, un delito menos grave, requerirá que el caso pase por juicio debido a la no invasión del domicilio habitual.
La usurpación de vivienda se define como el acto de ocupar un inmueble que no es la vivienda habitual de una persona, como un edificio, local o propiedad cuyo propietario no ha dado su consentimiento. Según el artículo 245 del Código Penal, este delito no es tan grave como el allanamiento de morada, por lo que la policía no puede actuar de inmediato y el caso debe ser resuelto mediante juicio. Una vez presentada la denuncia, se citará a los propietarios y a los okupas, quienes serán considerados presuntos responsables del delito. El desalojo no se llevará a cabo hasta que se celebre el juicio, lo que puede tardar hasta 15 días.
En cuanto a las sanciones, si el caso involucra violencia o intimidación, los okupas pueden enfrentarse a penas de prisión. A diferencia del proceso civil anterior, que era largo y costoso, esta nueva ley acelera la resolución de casos de okupación. Sin embargo, no aplica en situaciones de "inquiokupación", cuando los inquilinos dejan de pagar el alquiler, y en esos casos se continuará con el proceso de desahucio por impago.
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