Deber profesional y obligacin legal (artculo Vicente Gambau) 3h3q1v
martes, 5 octubre 2021, 09:51
El diagnstico sobre que en Espaa existe un verdadero caos entre el sistema de enseanzas de la familia de las actividades fsicas y del deporte respecto al sistema de empleo es difcil de refutar. Una de las consecuencias que surgen por confundir este anlisis provoca que para acceder a un empleo da igual qu nivel de cualificacin que dispongas.
La educacin fsica rene la consideracin de servicio de inters general de la mxima importancia. Los poderes pblicos deben velar para que estos servicios estn prestados con las mximas garantas de calidad y seguridad y es por ello que deben exigir profesionales adecuadamente formados y responsables.
Pensar que estamos ante un servicio de libre competencia, y que cualquiera puede prestarlo, genera una serie de amenazas. Los potenciales beneficios de una correcta prestacin de los servicios de educacin fsica, actividad fsica y deporte dependen de la cualificacin de las personas que lo prestan y, adems, hay que minimizar los riesgos que pueden repercutir negativamente en la salud y bienestar de la ciudadana.
Amenazas que se agravan con el generalizado desconocimiento por parte de la sociedad de la verdadera complejidad existente en estos servicios, de la falta de costumbre en ejercer el derecho a la informacin sobre la cualificacin de los profesionales que los prestan, y sobre todo por la inexistente inspeccin para garantizar el cumplimiento de las normas en defensa de consumidores y s.
La Constitucin Espaola concibi los colegios profesionales como Garanta Institucional en defensa de los derechos de las personas consumidoras. La colegiacin es la incorporacin a un colegio profesional por disposicin legal que supone una obligacin para el profesional titulado cuyo ejercicio afecta a determinados aspectos de seguridad y salud en todos los rdenes, lo que comporta la proteccin del inters general.
Estamos ante una obligacin legal que emana de las normativas vigentes, y tambin ante un deber profesional.
El conjunto de la colegiacin debe garantizar un recto ejercicio de la profesin y debe estar comprometida con la imagen social de la misma. Se trata de un deber profesional porque hay que acreditar un determinado y actualizado nivel cientfico y tcnico y un cumplimiento responsable, normalmente recogidos en los Estatutos y en el Cdigo Deontolgico de la Profesin.
Es comn or comentarios como "qu hace el colegio por m?", "el colegio profesional no me aporta nada", "la colegiacin no me trae clientes" o "si no estoy colegiado no pasa nada porque no me van a sancionar".
Quiz sea el momento de reflexionar en que el ejercicio profesional de la educacin fsica y deportiva debe tener un control externo porque afecta a la salud y seguridad, que debe existir un compromiso en salvaguardar los derechos de la ciudadana, y que hay que defender el inters general ya que el colegio es la garanta institucional de la buena prctica profesional.
Vicente Gambau, presidente del Consejo COLEF