- Motos. Así multó la DGT a los motoristas: estas fueron las conductas más peligrosas
- Tráfico. Graban la temeridad de un ciclista que acaba en accidente... y en una denuncia de los Mossos
Como si de una escena de película de acción se tratara. No cabe otra descripción para lo sucedido en la carretera de Andalucía A-4 en las cercanías de Valdemoro (Madrid), cuando dos vehículos se 'picaron' tan intensamente que a punto estuvo de acabar en tragedia. De hecho, acabó en accidente.
Un microbús impide adelantar a un coche
Todo comenzó cuando el conductor de un microbús impedía el adelantamiento de un turismo interponiéndose en su trayectoria, incluso aunque el coche se movió por los tres carriles con los que cuenta la autovía A4 en esa zona (cercana a Madrid, a la altura del kilómetro 27).
Sin embargo, la cosa no quedó ahí porque cuando el coche consiguió superar al autobús se tomó la justicia por su mano y comenzó a dar frenazos y a interponerse en el camino del microbús, algo que repitió en varias ocasiones según las informaciones de la Guardia Civil.
Lógicamente, esto no podía acabar bien... y el resultado final fue el impacto del microbús contra el turismo en la salida de la autovía, en la incorporación a una glorieta que da a la carretera M-404.
La Guardia Civil ha podido detener a ambos conductores y ha abierto una investigación en la que imputa a ambos delitos de "conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, causando además un siniestro vial".
Penas de prisión y retirada del carnet
Este suceso es especialmente serio porque refleja de forma clara la acepción más grave del concepto de conducción temeraria, que tiene dos vertientes que conllevan diferentes consecuencias (aunque, en ambos casos, con penas de prisión).
La primera, recogida en el Código Penal, en su artículo 380.1 establece que "el que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años".
Sin embargo, el artículo 381 es el que refleja mejor lo que habría sucedido en este caso: "Será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años el que, con manifiesto desprecio por la vida de los demás, realizare la conducta descrita en el artículo anterior". Esa expresión de 'manifiesto desprecio' contenida en la denuncia es lo que puede acabar con los huesos de los dos conductores en la cárcel.