El Sorteo de la Lotería de Navidad es una tradición esperada que despierta ilusión y, en ocasiones, preguntas legales sobre la gestión de los premios. Una de las dudas más comunes entre parejas casadas es si están obligados a compartir el premio dependiendo de cómo hayan gestionado la compra del décimo y su régimen económico matrimonial.
Separación de bienes: el premio para quien compró el décimo
En los matrimonios que han optado por un régimen de separación de bienes, los bienes y ganancias de cada cónyuge se consideran individuales. Esto significa que:
- Si uno de los cónyuges compra el décimo con su propio dinero, el premio pertenece exclusivamente a quien lo compró.
- Si el décimo fue adquirido en conjunto, el premio se reparte en proporción al aporte económico de cada uno.
Esta situación puede generar discrepancias si no se estableció previamente un acuerdo claro sobre la compra y reparto de posibles ganancias.
Régimen de gananciales: el premio pertenece a la sociedad conyugal
En los matrimonios que funcionan bajo un régimen de gananciales, el artículo 1351 del Código Civil establece que las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio forman parte del patrimonio común. Esto incluye premios de lotería, independientemente de quién haya comprado el décimo.
Incluso si el billete se adquirió con dinero privativo de uno de los cónyuges, el premio sigue siendo de la sociedad de gananciales, salvo que se demuestre lo contrario.
Separaciones y divorcios: casos especiales
En caso de separación de hecho o divorcio, la situación cambia. Si la pareja está separada, pero no legalmente divorciada, el premio puede ser considerado del cónyuge comprador, pero solo si se demuestra que la separación es seria, prolongada y evidente.
Durante el proceso de divorcio, los jueces suelen evaluar caso por caso, considerando pruebas de la compra y las condiciones del régimen matrimonial.
Imaginemos un matrimonio en régimen de gananciales. Si uno de ellos compra un décimo que resulta premiado con 400.000 euros, el premio sería considerado parte del patrimonio común. En cambio, si el mismo matrimonio tiene separación de bienes y el cónyuge A compró el décimo sin aportación económica del cónyuge B, el premio sería exclusivo del cónyuge A.
¿Qué pasa si pierdo el décimo?
En caso de extravío, es fundamental denunciar la pérdida lo antes posible en una comisaría y proporcionar pruebas de la compra, como una foto del décimo o recibos bancarios. Para resolver dudas legales o gestionar situaciones específicas, siempre es recomendable acudir a un abogado especializado en derecho matrimonial o consultar la normativa en Loterías y Apuestas del Estado.
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