El Ministerio del Interior, a instancias de la instrucción dada por la Fiscalía General del Estado, ha puesto en marcha un nuevo protocolo de actuación policial para el desaolojo de okupas.
La principal novedad, tal y como publica el diario 'El Mundo', es que "se elimina se elimina el plazo de 48 horas para proceder a echar a los usurpadores de la vivienda por parte de los agentes".
Para expulsar a los okupas el delito deberá ser flagrante o reciente, aunque todavía no se ha comunicado desde el Ministerio del Interior cuándo se les devolvería la vivienda okupada a sus legítimos propietarios.
En el caso de allanamiento de morada u okupación, ya sea de primera vivienda o de segunda residencia, será posible desalojar de forma inmediata al intruso sin necesidad de solicitar medidas judiciales y proceder a la detención de los okupas.
En el nuevo protocolo se indica claramente que si el inmueble ocupado no constituye morada es una usurpación, y que si el delito no es flagrante (inmediatez en la acción, inmediatez personal y necesidad urgente de intervención policial) hay que solicitar el desalojo al juez.
Los agentes de Policía Nacional, Policía Autonómica, Policía Local o Guardia Civil deberán rellenar un atestado para aportar a las autoridades judiciales para acreditar la comisión de un delito y la participación de los presuntos autores.
Para luchar contra la okupación el Ministerio del Interior habilatará la aplicación para móviles Alertcops, con la que cualquier ciudadano pueda alertas a la Policía de que un inmueble ha sido okupado.
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