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Durante este año 2025 España cambiará la tasa de alcoholemia permitida en la conducción... para hacerla mucho más restrictiva. Si los actuales límites están en 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre y 0,25 mg por litro en aire aspirado, cuando entre en vigor la reforma que actualmente está en debate esas cifras bajarán a 0,2 g. y 0,1 mg., respectivamente.
Eso es un nivel reducido en más de la mitad del vigente hoy día, lo que hará que para conducir "no se pueda beber casi nada", utilizando las palabras del propio Pere Navarro, director general de Tráfico.
Pero, además de reformar los niveles de alcohol permitidos (para dar positivo ahora bastará apenas un tercio de cerveza en el caso de un hombre de entre 70 y 90 kilos, o una copa de vino para una mujer de entre 50 y 70 kilos) la modificación de la norma también va a traer consigo un cambio en la cuantía de las multas, sin incurrimos en una infracción por conducir con exceso de alcohol o habiendo consumido drogas.
La sanciones mínimas serán más bajas
Un aspecto que llama la atención es que si actualmente las sanciones leves son de 500 euros y cuatro puntos del carnet, cuando entre en vigor la reforma (siempre que se mantenga en los ámbitos que actualmente se proponen) las nuevas infracciones mínimas (por encima de 0,1 y hasta 0,25 mg/l en aire o entre 0,21 gramos y 0,50 gramos por litro de sangre) tendrán un castigo menor: multa de 200 euros y la pérdida de dos puntos del carné.
Esto se explica porque, al haber bajado tanto los límites, incurrir en una infracción leve, al ser más sencillo, también supondrá un deterioro menor que el actual de las capacidades para conducir vehículos de motor.
El resto de sanciones no se modifica y queda igual que hasta ahora. Los positivos entre 0,26 mg y hasta 0,50 mg por litro de aire o entre 0,51 gramos y 1 gramo en sangre tendrán un castigo de 500 euros en lo económico y cuatro puntos menos en el carnet; y a los que den por encima de los 0,50 mg o 1 gramo perderán seis puntos y recibirán una multa de 1.000 euros.
Para que un exceso de alcohol o drogas pase de infracción a delito el conductor que sea controlado como positivo deberá dar más de 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 gr/l en sangre. En ese caso estaremos ante un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión, que irán de tres a seis meses y estarán acompañdas de una multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad entre 30 y 90 días y la privación del derecho a conducir durante un periodo que oscilará entre uno y cuatro años.
Hay que recordar que en el proceso de reforma de la tasa de alcoholemia en España también se va a incluir un endurecimiento de los castigos por avisar de la situación de los controles de alcohol y drogas a través de internet y redes sociales.